¿Derecho o Libertinaje? Alcance de las leyes sociales

En el estudio del Derecho, se dice que la costumbre es lo que da pie a lo que luego se conocerá como leyes. La práctica repetida de una actividad, generación tras generación, se convierte en una ley que todos terminan por obedecer. Según lo establecido en el artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia,…”

Nótese el empleo de los términos hombres y mujeres (no niñas ni niños), además el uso del término Núbil  que se aplica a la persona, en especial a la mujer, que ha alcanzado la edad y la preparación para poder tener hijos.

Ahora bien, si lo que es un derecho universal, también reconoce que deben existir las bases y condiciones para que éste se desarrolle libremente, ¿cómo, pues, la ideología social y religiosa puede violentar algo tan básico como un derecho de vida para ampararse tras la constitución de leyes que desconocen tal derecho y autorizan su violación?

Desde el año 2014, se viene informando con gran inquietud la posibilidad de que algunos países en Medio Oriente, legalicen el matrimonio de hombres con niñas, más aún, que puedan casarse con sus hijas adoptivas si éstas tienen los 13 años, tal y como ha sido propuesto en Irán. Pero ha sido Marruecos en el año 2016 quien se ha convertido en el primer país en hacerlo, basados en el supuesto beneficio que representaría para las niñas, ya que al parecer su estatus como menores de edad las pone en situación de ilegales y con el propósito de que ellas y sus futuros hijos queden protegidos por la ley, el matrimonio se vuelve su único recurso.

El llamado “matrimonio tradicional” es una práctica generacional reflejada en el libro sagrado de esta sociedad, conocido como el Corán, que permite el enlace nupcial entre adultos y menores de edad, sin menoscabo de lo que pueda establecer o no, el Estado de Derecho, pues la interpretación más próxima de su contenido afirma que se trata del bienestar de las menores.

Cuando en una sociedad, las creencias personales o colectivas, la fe, la ideología y otras tantas costumbres contradicen de manera tan abierta la elementalidad de los derechos humanos, mediante la creación de leyes que justifican sus acciones, ¿qué tipo de sociedad se está construyendo? ¿Qué tipo de acciones perversas autorizaremos en nombre de la supuesta libertad que se ejecuta con el apoyo incondicional de leyes que lejos de defender al individuo, justifican la mentalidad retrógrada de quienes no reconocen los más básicos derechos sociales? ¿Qué otras cosas se pueden permitir en el diario vivir de la población si por cada capricho o cada necesidad que responda a los intereses de unos pocos en el poder se aprueban leyes que sancionan las más elementales libertades y despojan del derecho a quien lo necesita?