TRABAJO DE APLICACIÓN: LA ACCIÓN DE TUTELA Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

ASPECTOS  A RESALTAR.

  1. 1.     Se dio respuesta clara, concisa y completa a los cuatro puntos solicitados,  como se solicitaba en el trabajo.
  2. 2.     La tutela escogida es muy interesante por los derechos constitucionales que se vulneran al peticionario, “Derecho a la Seguridad Social,”, materia de estudio en el Objeto de Aprendizaje No. 4, lo que hace que los estudiantes apliquen el conocimiento aprendido.
  3. 3.     Se resalta en forma positiva la forma  organizada como se explica en que consiste la tutela, su procedimiento y aplicación.

 

ASPECTOS POR MEJORAR.

  1. 1.              Uno de los derechos que no se mencionaron  como vulnerados fue el de la Seguridad Social y los accidentes de trabajo corresponden a riesgos laborales que hacen parte de la Seguridad Social Integral.

 

APORTE DEL DOCENTE

Es un caso muy interesante y se hubiera prestado para un debate en el aula virtual. En esta sentencia se pueden destacar varios aspectos, entre ellos:

Primero es importante resaltar que la institución  de 1991, se preocupó porque los derechos de las personas no fueran simple letra escrita, sino realidades objetivas traducidas en hechos, es por ello que creo la institución jurídica de la TUTELA. La Asamblea Constituyente considero  que el simple catálogo de derechos era insuficiente si no se agregaba un conjunto de medidas operativas que les garantizaran su efectividad, más allá de los simples enunciados teóricos y fue por eso que se introdujo en el articulo 86 la acción de tutela que dice: “Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí mima o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuandoquiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad

Finalmente la acción de tutela ha arrojado resultados exitosos en Colombia y su ejercicio no excluye los medios ordinarios de defensa judicial que puede ejercer el que pide la tutela, en consecuencia es fundamental que esta figura siga vigente, aun cuando hay fuerzas que quieren modificarla, no se puede negar que ha dado solución a casos dramáticos que de otra manera nunca pudieran ser a favor de los más vulnerables, precisamente como el caso anotado en la tutela de su grupo.

Por otro lado, se encuentra que se le vulneró el derecho a la Seguridad Social al peticionario.