EL CONCEPTO DE INTEGRACIÓN

De las definiciones de “integración”, que se refieren a los inmigrantes, la mayoría se inscriben dentro del ámbito de lo que se debe ser más que al ser, o sea, no se concentran en el análisis del contexto al que se refieren, no son capaces de reflejar cómo es y la manera en que se origina el fenómeno de base, sino que esbozan una conceptualización de lo que sería el ideal de la integración, esto quiere decir que identifican la integración con una forma o modelo específico.

Cuando se habla de integración en la población inmigrante, independientemente de que haga referencia a aspectos sociales, aspectos económicos, de carácter político o culturales, constantemente se remiten, en última instancia, a individuos por una parte, a grupos identificados según las nacionalidades por otra parte, y finalmente, al grupo que forma el grupo inmigrante de forma general.

La manera más sencilla es recurrir al diccionario para conocer el concepto de integración, donde se encuentras lo siguiente: integrar es “constituir las partes un todo”, integrarse es también “incorporarse, unirse a un grupo para formar parte de él”.

Teniendo en cuenta este concepto, surge la interrogante de si la población inmigrante ha logrado incorporarse a la sociedad de España, y si desempeña en esta sociedad alguna función le haga formar parte del grupo. Los asuntos evidentes como la presencia dentro de las actividades económicas, los comercios, dentro de los medios de comunicación o en los colegios. Ya demuestran estos aspectos que los inmigrantes forman parte del todo que requiere de su presencia para continuar desarrollándose.

El problema central de la integración no es cuantitativo, sino un tema cualitativo y que se concentra en la manera que se asume la integración, o sea, el papel que desempeña la persona inmigrante dentro de la sociedad.

La mayoría de los conceptos referidos al tema denuncian las situaciones de desigualdad de los inmigrantes respecto a la población autóctona y que hacen referencia a un grupo de aspectos correspondientes a cuestiones básicas características de la posición social de los individuos y los grupos.

Carlos Giménez habla en 1992 de “igualdad de derechos y condiciones en los ámbitos legal, laboral, residencial, familiar, escolar, social y cultural”, lo que significa que se revelan desigualdades dentro de estas cuestiones con la población inmigrante a diferencia con la población autóctona. Se trata de que la sociedad receptora incluye a grupos que tienen posiciones socioeconómicas y  acceso al poder que resultan diferentes.

Si se parte de que no hay integración y que se debe luchar para que la haya o de la creencia de grados dentro de la integración, se ignora que los inmigrantes ocupan ya un lugar concreto dentro de la sociedad receptora, dicha sociedad ya les ha designado un puesto, inclusive se puede hablar de una función, y que cambie esto es mucho más difícil que incluir lo excluido. En este sentido, ya han ocurrido los primeros avances hacia la consolidación de forma oficial de dicha situación, ya que a menudo se acude, con el objetivo de la aceptación de los sujetos inmigrantes por parte de los sujetos autóctonos, al argumento de que la inmigración es un fenómeno necesario para mantener el estado de bienestar; por esto, su aceptación y acogida por la población autóctona está ligada a su funcionalidad y no a algo tan básico como son los derechos humanos.

Autor: Moises Bolekia