LA ANOMIA, ¿ACTITUD INHERENTE EN EL PUEBLO COLOMBIANO?

 El ser humano, quien es social por naturaleza, desde los albores de la historia y de la humanidad, se vio en la necesidad de organizarse y de estructurar pequeñas e incipientes comunidades familiares, llamados clanes y que serian en ultimas las pequeñas estructuras, a modo de moléculas, que posteriormente, miles de años mas tarde desembocaron en la formación de estados consolidados, con sus estructuras debidamente estructuradas y diferenciadas.

Estas organizaciones surgen a raíz de la necesidad imperante en el hombre de defenderse de otros clanes invasores, de fortalecer sus creencias propias y además de formar familias al interior de cada clan, era necesario diferenciarse de los demás clanes, de las demás poblaciones que apenas estaban naciendo.

Para poder surgir como sociedad organizada, libre de desafueros,  de desordenes de variada índole, de transgresiones elementales era necesario crear ciertos preceptos, directrices, o normas de índole sancionatorio, es decir, que pudieran servir de escarmiento a quienes traspasaran la frontera de la moral inicialmente, y del derecho, posteriormente.

Por ello, los ancianos de los clanes eran quienes dictaban e imponían luego de un consenso, las normas que debían seguir quienes pretendían pertenecer a tales organizaciones. Y quien transgredía las normas preceptivas era sancionado con castigos corporales. Se aplicaban dichos castigos con el fin de evitar que los demás miembros de la comunidad reincidieran en la comisión de tales hechos, y así dar escarmiento, lo que en un moderno derecho penal se llama, la prevención general.

Muchísimo más adelante, varios siglos, después, al darse la creación de los estados, tal como los conocemos, y dado que los mismos adoptaron la tesis de Montesquieu, de la tridivision de poderes en ejecutivo, legislativo y judicial, se repartieron las cargas y nace el sistema de pesos y contrapesos para que cada poder fuera independiente del otro, y así funcionar de manera cuasi perfecta, aunque en ultimas no fue así. Pero al menos funciono relativamente bien tal sistema.

Todo este mecanismo fue adoptado por prácticamente todos los países herederos de los sistemas jurídicos romano-germánicos, que son en su mayoría paisas de estirpe latina, o de lenguas romances, y del common law, que en general son los países anglosajones, o de habla inglesa.

Entre los países de sistema jurídico romano germánico, se encuentra el nuestro, Colombia, que quizás es uno de los que de forma primigenia lo adopto y por ello tenemos una tradición de democracia fuerte entre los países latinoamericanos.

Uno de los cultores y principales artífices de la férrea democracia y el fortalecimiento de las instituciones, así como de la tradición legalista o exegética si se quiere, fue el llamado: “hombre de las leyes”, el general, Francisco de Paula Santander, quien entre otras fue un brillante jurista y amante del derecho, y por ende creyente de que una forma de poner fin a los desmanes que ensombrecían la sociedad de la nueva granada, era dar ciertas normas para ser seguidas de manera cabal por los habitantes de estos lares. Pero más que ser seguidas y acatadas, por estos, lo más importante e imprescindible era que fueran aprehendidas de una forma consciente para que  hicieran parte del inconsciente colectivo de la población en general, hasta tal punto que no fuera necesario reprimir al ciudadano por la transgresión de tales normas. Fue un esfuerzo muy loable, bastante plausible y de gran importancia para la historia contemporánea de nuestro país, pero pareciera que tanta lucha fue infructuosa.

Y se dice esto por una razón muy básica, y es que todos los días sin falta, vemos como en la cotidianidad, todos somos sujetos activos y pasivos de la vulneración de diferentes normas y directrices. Al hablar de normas, es pertinente y conducente, afirmar que la palabra se debe tomar en su sentido general, es decir, no solo normas jurídicas, sino también normas morales, éticas y de civismo o urbanidad. La palabra norma pues, se toma en su sentido material, que no formal, se habla de toda aquella directriz o precepto de carácter general, validado como cierto por una comunidad y que tiene tres características básicas, que son comunes a todas ellas, que sean generales, consuetudinarias y progresivas.

Aun así en nuestro país, vemos que lo progresivo en cuanto a la normatividad establecida, es mas bien, el no acatamiento de la misma, bien sea por desconocimiento, o bien sea porque aunque se conocen, no se han entronizado en el fuero interno de cada individuo miembro de nuestra comunidad.

Si nos atenemos a lo primero, se puede decir, con el viejo brocardo del derecho, que la ignorancia de la ley no sirve de excusa, y por tanto el que una comunidad desconozca sus leyes, no es patente de corzo para que las pueda transgredir, y en ese orden de ideas entonces, no podemos utilizar tal subterfugio como sustento para cometer todo tipo de desmanes. Así que ello no nos “salva” de ser un país anómico, o de desconocimiento de normas ya establecidas. Sino que mas bien, en ese sentido, se tendría que realizar una campaña de masificación educativa y pedagogía normativa, reitero en el sentido material de la misma, para que estas puedan por fin estar insertas en el inconsciente colectivo de todos los sujetos destinatarios de ellas.

Si consideramos lo segundo, es decir, que por parte de los destinatarios de las normas no hay aprehensión de la misma, podemos afirmar que, aun  con mayor razón se deben realizar ingentes esfuerzos para que tal cuerpo normativo sea apropiado de buena manera por la comunidad, desde el comienzo del proceso educativo del infante hasta su formación profesional, se debe reiterar en ello para darle firmeza a un trabajo de priorización educativo en cuanto a la estructuración de una sociedad que siga conductas convenientes para todos, y consciente de que un país sin normas es un país amorfo y no viable.

Escritor:  CARLOS MAURICIO ZAPATA ARANGO.