Las Instrucciones Previas, voluntad sobre el final de la vida

La muerte como hecho inevitable para el ser humano, presupone una inherente preocupación en cuanto a su acaecimiento; por consiguiente el derecho a decidir sobre el final de la vida se manifiesta en la voluntad consagrada en un documento, el cual desarrolla las pautas a seguir por los profesionales médicos para dar fin a la vida sin caer encarnizamientos terapéuticos. Estas pautas dadas en vida reciben en nombre de Instrucciones Previas. Es entonces, que las Instrucciones Previas son una manifestación de la exhaustiva lucha por el respeto a la autonomía del paciente, que se está gestando con vehemencia en las legislaciones mundiales, para evitar los excesos ocasionados por la medicina actual; autonomía que debe ser respetada tanto en el momento de estipulación, como en el momento en el cual se ejecutarán las decisiones del paciente.

Cada individuo tiene su proceso propio de enfermedad, siendo cada vez más frecuente en la práctica clínica, que la toma de decisiones médicas al final de la vida se torne compleja, pues las situaciones sociales, legales y éticas son diferentes en cada paciente; algunos de ellos con capacidad comprometida para toma de decisiones de manera consciente. Lo anterior es clave para determinar la importancia de la decisión del individuo sobre su elección de tratamiento en los momentos finales de su vida, pues aún es capaz de prestar su consentimiento libre de perturbaciones generadas a causa de la angustia que padece cuando se enfrenta a la enfermedad, o peor aun cuando el padecimiento lo sumerge en un estado vegetativo imposibilitándolo para manifestar el tratamiento que desea se le administre, dejando de ser la decisión personal y autónoma, para pasar a ser responsabilidad de terceros, transfigurándose el contenido esencial del derecho de autonomía del paciente a un consentimiento por representación.

Como ejemplo, encontramos el caso de Karen Quinlan suscitado en 1975 en E.E.U.U., precedente para que en este país se permitiera la realización de Instrucciones Previas o Living Wills reconocidos por The Uniform Rights of the Terminally Ill Act de 1989. New Jersey, la desconexión del respirador artificial. El doctor se negó debido a sus principios morales a cumplir las peticiones de los parientes. Así, en noviembre del mismo año, los padres acudieron a los Tribunales en busca de la legitimación de su petición, sin embargo un juez del Tribunal Superior del condado negó el permiso legal solicitado.

Los Quinlan debieron esperar hasta marzo de 1976 cuando el Tribunal Supremo del Estado de New Jersey, en una decisión que se consideró legendaria, declaró que el respirador, necesario para que los pulmones funcionaran de manera artificial, podía ningún interés superior del Estado puede obligar a la paciente a soportar lo insoportable». En mayo de ese año el respirador fue desconectado, pero Karen continuó viviendo en un estado descrito por los médicos como crónico vegetativo.

Así pues, fundamentándose en el caso Quinlan, se buscó dar solución al inconveniente de conocer la voluntad del paciente cuando éste estaba imposibilitado para expresarla, y en E.E.U.U. fueron incorporados a finales de los años sesenta los living wills – Instrucciones Previas -, en las legislaciones como herramienta eficaz de desarrollo de la autonomía del individuo, pues se conoce el deseo del paciente en cuanto a vivir o no y principalmente, en cualquiera de los dos casos, de qué manera quiere hacerlo. Sin embargo, aunque E.E.U.U se consideró pionero en cuanto a su desarrollo legislativo, al hallarse finalizando la década de los ochenta solo entre un 10 % y 12 % de los ciudadanos norteamericanos había realizado un living will u otorgado un power of attorney (poder de representación).

los profesionales y las organizaciones de salud entendían que esto era responsabilidad exclusiva de los pacientes y que entre sus obligaciones profesionales no estaba el difundir el uso de este tipo de documentos. Una segunda razón era que los profesionales suelen sentirse incómodos al hablar de estos temas y, por tanto, no los consideraban en sus conversaciones con los pacientes. Una tercera razón era que se solía pensar que estas cuestiones sólo atañen a los ancianos In the matter of Karen Quinlan, Supreme Court of New Jersey. January 26, argued. March 31 1976, decided. 2 Determination Act (PSDA) o Ley de Autodeterminación del Paciente, que estipula informar a los pacientes de sus derechos sobre las decisiones sobre su propio cuidado médico, y garantiza que esos derechos sean comunicados por el profesional que provee los cuidados en salud.

En conclusión, las instrucciones previas no es un tópico que se trate cotidianamente, menos en países cuya legislación aún no lo contempla, evitando hacer el derecho de decisión del paciente y de su autodeterminación. Aún se generan controversias en cuanto a los defensores y detractores del control sobre el final de la propia vida, todo esto consecuencia de la fascinación humana por la naturaleza de la muerte; y es que siempre que el hombre piense en ella estará amarrado a la misma y a sus particularidades, porque tal como lo planteó Dostoyevski en su libro Los Demonios: la libertad completa solo existirá cuando de lo mismo vivir que no vivir.

Escritor: Diana Vanessa Sánchez Salazar

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