Las concepciones tradicionales que se ofrecen generalmente acerca del derecho son limitadas, abstractas y, en ocasiones, desgastadas, es por ello que necesitan ser replanteadas desde los claustros universitarios, la doctrina y el ejercicio profesional. Pensar el derecho desde otros puntos de vista es reconocer que la mirada que se posa sobre esta disciplina suele venir acompañada de la desconfianza hacia sus profesionales, tal y como lo afirma Kirchmann; puesto que el conocimiento que otorga el estudio de las leyes, de la estructura del Estado, el funcionamiento del mismo y en especial, del aparato judicial, ofrece herramientas que pueden llegar a ser usadas de manera abusiva y en favor de intereses personales.
Han surgido distintas teorías que han refrescado las concepciones del derecho con nuevas miradas, dando cabida a una reflexión interdisciplinaria, en la cual la literatura ha aparecido como protagonista en varios países, tales como Francia, Estados Unidos, Alemania e Italia, entre otros, dotando de vida las tradicionales abstracciones jurídicas.
Es innegable que tanto el derecho como la literatura trabajan con la misma herramienta, es decir, el lenguaje -aunque este haya pasado de ser una simple herramienta desde el siglo XX, pues establece la relación del hombre con el mundo, dejando a un lado su carácter instrumental para ocupar un lugar esencial-; por ello, es a través de la palabra, el discurso, la narración, el texto, es decir, la comunicación, que el derecho y la literatura se aventuran en una relación que facilita la reflexión filosófica sobre la realidad social en ámbitos más creativos y cercanos a las pasiones de la naturaleza humana.
En cuanto al derecho, no se puede prescindir de su carácter cultural, en tanto que es una fuerza formal que se ha impuesto a través de las leyes y las convenciones sociales en virtud de la justicia y el orden, pero tomando al lenguaje como su principal herramienta. Sin embargo, muchas de sus figuras se encuentran en el plano de lo ficcional, como lo es el concepto de persona jurídica. En el caso de la literatura las obras literarias tienen una finalidad estética, primordialmente, es decir, su interés fundamental es la búsqueda de la belleza, sin que esto excluya las demás intenciones que también influyen en la creación de un texto, y que en muchas ocasiones son reflejos de una realidad social, considerando no solo lo que efectivamente sucedió en un contexto determinado, sino también aquello que pudo llegar a suceder. Según Roman Jakobson, aunque la función poética de la literatura es la función nuclear, las demás funciones no dejan de estar presentes, y la literatura se manifiesta como un vehículo notable de crítica social (AGUIAR E. SILVA, 1975).
Se conoce una perspectiva de origen estadounidense sobre el derecho como literatura, en la que Ronald Dworkin es uno de los más importantes exponentes. Según Dworkin, el papel del juez, en el sistema jurídico del common law, es visto como el de un escritor en cadena, en tanto que este deberá atender dos responsabilidades: i) atribuirle un sentido a través de la interpretación a la historia ya escrita, esto es, el precedente judicial; ii) y la de crear, dándole una continuidad a la historia, teniendo en cuenta los personajes, sus acciones y las razones de su proceder.
Por otra parte, otra forma de relación es la del derecho en la literatura: en las tragedias griegas el derecho se encuentra como un motivo o elemento constante, por ejemplo, en la tragedia de Antígona de Sófocles, en el que Antígona halla enfrentados dos principios con igualdad de importancia y peso: el amor y el cumplimiento de los mandatos del rey (su hermano Creonte); del mismo modo, la decisión de Sócrates se presenta dentro de una ambivalencia similar. Es de anotar que tales enfrentamientos entre principios son en un orden jurídico el enfrentamiento entre dos principios o derechos fundamentales, cuya solución es asumida por un juez, es decir, un tercero imparcial; mientras que la síntesis de estos principios en la tragedia de Antígona es asumida por ella misma. También son de especial relevancia las reflexiones sobre el derecho que se encuentran en diferentes textos literarios, es así como ocurre en El proceso de Franz Kafka, El mercader de Venecia de William Shakespeare y El extranjero de Albert Camus. Esta concepción del derecho en la literatura plantea que el derecho es mejor tematizado y elucidado cuando su tratamiento corresponde a las obras literarias, debido a su capacidad creativa y ficcional, además de su poder para abarcar temáticas de diversa índole como lo son: las reflexiones sobre la justicia, el sentido del derecho, el papel de los juristas, el asunto de la interpretación, el funcionamiento y el efecto social que pueden llegar a tener estos en la cotidianidad de la vida de las personas.
Esta relación puede llegar a manifestarse mediante la denuncia de situaciones políticas y jurídicas a través de textos de tipo literario, por ejemplo, el máximo exponente del naturalismo literario Émile Zola. Así mismo, los abogados de profesión se sirven del infinito mundo ofrecido por la literatura para contrarrestar la perspectiva tan rígida que les ofrece el mundo jurídico: es el caso de Franz Kafka, quien siendo vendedor de seguros en los días, se entregaba a su impulso literario en las noches.
El derecho y la literatura se vienen relacionando desde la literatura clásica, pues allí se encuentran ya reflexiones de gran importancia jurídica que se ha retomado en las teorías filosóficas sobre el derecho. De igual modo, la propensión natural de los juristas a la literatura no es un tema angosto, sino de grandes proporciones; por tanto, dicha relación no es un asunto novedoso, pero sí lo es la atención tan especial que se le viene prestando.
Escritor: Érika Natalí Marín Gómez